
La Defensoría del Pueblo es una institución creada en por mandato constitucional, cuya función es velar por la vigencia, promoción, difusión y cumplimiento de los derechos humanos, individuales y colectivos, que se establecen en la Constitución, las leyes y los instrumentos internacionales. Asimismo tiene la responsabilidad de velar por la promoción de la defensa de los derechos de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, de las comunidades urbanas e interculturales, y de las bolivianas y los bolivianos en el exterior. Es una institución independiente, con autonomía funcional, financiera y administrativa, en el marco de la ley y en el ejercicio de nuestras funciones no recibimos instrucciones de los órganos del Estado. Nuestras funciones se rigen bajo los principios de gratuidad, accesibilidad, celeridad y solidaridad. Presentar Proyectos de Ley y proponer modificaciones a Leyes, Decretos y Resoluciones no judiciales, en materia de su competencia, en diferentes niveles de gobierno. Acceder libremente a los centros de detención e internación, policial o militar; institutos de formación policial o militar, casas de acogida, centros de atención de la niñez y adolescencia, y de adultos mayores; hospitales, centros de salud o instituciones que brindan servicios de salud; refugios temporales; centros de formación y educación; sin que pueda oponerse objeción alguna, a efectos de velar por el cumplimiento y promoción de los derechos de las personas que ahí se encuentran. Ejercer sus funciones sin interrupción de ninguna naturaleza, aun en caso de declaratoria de estado de excepción. Asistir con prontitud y sin discriminación a las personas que soliciten sus servicios. Elaborar los reglamentos y la normativa interna para el ejercicio de sus funciones, en el marco de la presente Ley.
Gacetilla Las funciones no conferidas al gerente corresponden al tutor. Sección 2. Se considera beneficiosa para el menor la integración en la vida de comunidad del tutor. En el caso del numeral 3. De no mediar semejante clase de nombramiento y, sin agravante de lo dispuesto en el numérico 1.
Si usted o su familia necesitan auditorio urgente, use la información que aparece abajo. En caso de emergencia, llame al Para necesidades alimentarias urgentes, llame a la Línea de auditorio alimentaria de emergencia al Para obtener asistencia de vivienda temporal, llame al o visite un centro. Para encontrar un refugio, llame al o visite un centro.
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